El personero de los estudiantes es un alumno que colabora en la búsqueda de soluciones negociadas a los problemas y conflictos que se presentan en el diario vivir estudiantil. Además, ayuda a los coordinadores académicos a enseñar, recordar y hacer respetar los deberes y derechos de los estudiantes, estipulados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia.
En el Gimnasio Moderno habrá tres personeros. Uno de undécimo grado, otro del grado octavo y otro del grado quinto, que son elegidos por voto directo de los alumnos.
La Rectoría convocará a la elección de los personeros dentro de los treinta primeros días del calendario escolar. Para ser elegido personero del Gimnasio el candidato debe cumplir los siguientes requisitos:
- Tener mínimo tres años de antigüedad en el Gimnasio.
- Gozar de la aceptación de la comunidad.
- Tener buen rendimiento académico y buena disciplina.
- Tener autorización escrita de sus padres o acudientes, en la que se le permita ser candidato y ejercer el cargo, en caso de ser elegido.
- No tener matrícula condicional. El estudiante que sea sancionado con matrícula condicional y que sea personero deberá renunciar a su cargo. En este caso el Gimnasio facilitará una nueva elección para sustituirlo.
- Demostrar interés y apertura a la filosofía del Gimnasio Moderno.
Son funciones del personero de los estudiantes:
- Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.
- Recibir y evaluar los reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las quejas sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
- Presentar a la Rectoría las solicitudes necesarias para proteger los derechos de los estudiantes.
- Apelar ante el Consejo Directivo Escolar las decisiones de la Rectoría respecto a las peticiones que le sean presentadas por otros estudiantes.
- Recibir, analizar y proponer salidas negociadas a los diferentes problemas y reclamos que se le presenten, relacionados con los alumnos.
- Ser vocero de los estudiantes frente a las instancias superiores del Gimnasio, en casos en los que estos presenten inquietudes generalizadas o cuando haya diferentes procesos cuyas implicaciones afecten a los alumnos.
- Si el caso lo amerita, podrá apelar ante la Rectoría las decisiones de los demás directivos.
- Presentar, si el caso lo amerita, las solicitudes, quejas, reclamos o propuestas que le presenten los estudiantes, para así proteger sus deberes y derechos.
- Organizar cursos, conferencias y actividades que considere importantes (educación cívica, urbanidad, jornadas sobre democracia, etc.) para ayudar a una mejor formación de los alumnos.
- Utilizar los medios de comunicación que existen en el Gimnasio para informar sobre sus programas, campañas y actividades efectuadas o a realizar.
- Llevar registro escrito de sus acciones y rendir un informe periódico a los estudiantes.
Regulado también por la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994.